
Cardenal Protector
En el último Capítulo de la Regla de los Frailes Mínimos se establece que “para que esta Regla e igualmente el Correctorio sean mejor observados, se pedirá a nuestro señor el Papa un Reverendísimo Cardenal del sacrosanto Colegio, que sea celoso protector, amigo benigno y vigilante custodio de esta pequeña Religión, y que no permita jamás nada que pueda debilitar la pureza de esta sagrada vida y Regla o quebrantar la fuerza de la penitencia.”
Diversos Capítulos Generales establecieron la prohibición de que los religiosos recurrieran al Cardenal Protector para obtener su propia rehabilitación. Así, el Capítulo General celebrado en Génova en 1559 estableció penas de inhabilitación de 3 años. El Capítuo celebrado en Valencia en 1571 reclama asumir la aplicación a los Mínimos de la Bula de Sixto IV de 1472 Sacra Minorum Religio, a fin de que ningún faile pueda dirigirse al Protector para impetrar alguna cosa contraria a dicha Bula.
Lista de Cardenales Protectores (siglos XV-XVIII):
(VP = Viceprotector)
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