Bula del Papa Julio II, expedida en Roma, en 1505, quarto idus Junii, en la que faculta a fray Francisco de Paula a componer nuevos estatutos para la Orden de los Mínimos, a que por la Orden sean asumidos los privilegios de los Mendicantes y a que los Prelados de la Orden puedan bendecir ornamentos y objetos eclesiásticos, a excepción de cálices y patenas.