Piis et honestis


Breve de Julio II de fecha 11 de junio de 1509 permitiendo que se funden casas de frailes mínimos o hermanas mínimas aunque disten menos de 140 cannas de las casas de otras Órdenes (la petición se efectuó por los mínimos a causa de haber sido contradicha por los carmelitas una posible fundación de mínimas en las afueras de Écija).