Pastoris aeterni


Constitución del Papa León X, fechada el 30 de abril de 1513, por el que concede indulgencia de diez años y totidem quadragenarum a los que visiten las iglesias conventuales de Jesús María de Tours, de Santa María y Todos los Santos de Amboise, de Santa María de Todas las Gracias de Paris-Nigeon y Santa Elena de Gien, u otras de los mínimos,  en las festividades de Todos los Santos, Asunción, Anunciación y Pentecostés, desde las primeras vísperas hasta el ocaso del día de la fiesta, recitando 5 Padrenuestros y Avemarías en memoria de la Pasión del Señor. Para más facilitar que se lucre esta indulgencia, concede a los Correctores de los conventos de los mínimos que puedan designar seis o más confesores, sean presbíteros seculares o sean religiosos de la comunidad correspondiente, para que en dichas fiestas (y en el día anterior) puedan en dichas iglesias conventuales oír confesiones y absolver incluso de los casos episcopales, así como dispensar de cualquier voto temporal  emitido (salvo los de religión, castidad, ultramarino o de peregrinar a San Pedro y San Pablo de Roma o a Santiago de Compostela), conmutándolo por otra obra de piedad.


Publicada en Bullarium Ordinis Minimorum, pp. 65-66 (anexo al Chronicon Ordinis Minimorum de Lanovius).